Recomendación para telecinco
Es buen momento para entrar en tele5.
Telecinco salió a bolsa a 9,29€. Ahora se encuentra a niveles de compra con muy poco riesgo. Se puede entrar a 9,40€ con stop loss en 9,25€. Ha bajado en picado en muy poco tiempo y mínimo tiene que haber un rebote técnico considerable.
Por fundamentales la empresa se encuentra lider de audiencia, basada en contenidos. Su dividendo sigue siendo muy suculento(1,30 € por acción) y mucho más a este valor de cotización.
Mi recomendación: FUERTE COMPRA.
"Son opiniones. No obligo a nadie a comprar o vender acciones"
lunes, 9 de junio de 2008
Es buen momento para entrar en Telecinco
jueves, 5 de junio de 2008
La tarifa de la luz subirá entre el 5% y el 6%
El ministro de Industria, Turismo y Comercio ha comunicado que la subida de la luz será al final de entre un 5% y un 6% y favorecerá a los más desfavorecidos, pagando un 10% menos, aunque estos según los defensores de los consumidores no van a ser muchos, porque en verano con el frigorífico y el aire acondicionado puestos, solamente con eso ya se pasaría del consumo mínimo para beneficiarse de esta "tarifa social".
Está subida abrá que acumularla a la del 3% que ya se aprobo en enero, por lo que la subida total será de un 9% casi 10%.
Conclusiones de lo que esta pasando: Nos estamos quedando cada vez con menos dinero, estamos ahorrando menos, tenemos menos poder adquisitivo para pagar las subidas de la gasolina, de la luz, de la cesta de la compra, y anda que curioso! el sueldo solo sube una media del 2%, si es que nos los suben. Estamos cada vez peor.... No me extrañan que el nivel de las encuestas al consumidor esten a mínimos históricos, y lo que pueden seguir bajando.
Artículos relacionados:
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/579853/06/08/Recibo-luz-rajoy-avisa-de-que-la-subida-va-a-generar-problemas-a-las-familias-y-a-los-empresarios.html
http://www.noticiasdegipuzkoa.com/ediciones/2008/06/05/economia/espana-mundo/luz.php
http://www.gaceta.es/05-06-2008+voy_apagar_luz,columna_0img,3,4,22544
lunes, 2 de junio de 2008
PAGA DE 400€
El Consejo de Ministros aprobó el viernes 18 de abril, el Decreto – Ley de medidas fiscales que
incluye, entre otras, la medida referente a los 400 €.
En relación a esta medida, publicada en el BOE el pasado 22 de abril de 2008, interesa destacar
los siguientes aspectos:
a) No tiene incidencia alguna en la campaña de Renta 2007.
b) Tiene el carácter de deducción de la cuota líquida del impuesto sólo para aquellos que
perciben rentas del trabajo o de actividades económicas.
c) El abono de los 400 € se efectúa mediante un ajuste de retenciones del trabajo soportadas en
2008 o de pagos fraccionados de actividades realizados en 2008 por lo que sólo afecta a aquellos
que tengan saldo retenido suficiente al efecto. En ningún caso tiene el carácter de impuestonegativo.
d) La recuperación se efectúa de la siguiente forma:
d.1) Trabajadores.- Nómina del mes de junio: deducción de 200 € como máximo, en las
retenciones soportadas; en las nóminas de julio a diciembre de 2008 la recuperación del resto
hasta llegar a 400 € se efectúa vía bajada del tipo de retención (que ahora, a los exclusivos
efectos de tener en cuenta este ajuste, admite hasta dos décimas). Se detallan ejemplos al
respecto.
d.2) Empresarios: Deducción máxima de 200 € en el pago fraccionado de 2T y de 100 € (o
de una cantidad mayor si hay saldo no aplicado en los pagos anteriores ) en cada uno de los dos
siguientes, siempre con un máximo de 400 € en total.
EJEMPLO TRABAJADOR: APLICACIÓN DE LOS 400 €
DATOS DE PARTIDA
Trabajador de 32 años cobra 2.000 € al mes con 14 pagas (extras junio y diciembre), en total
28.000 € al año. Sin hijos. Situación familiar tipo 3 ( no manifiesta). La retención 2008 sinaplicar la rebaja de los 400 € sería de un tipo del 17%, es decir , todos los meses le retendrían
340 € y los meses de junio y diciembre 680 €. El total de retenciones practicadas sería de 4.760 € (
340 * 14 ).
Aplicación de los 400 € como deducción de la cuota líquida del IRPF En primer lugar, se ha
de observar como la retención total soportada durante el año supera los 400 €, por lo que en
principio se tendría derecho al cobro de los 400 € en su totalidad.
Nómina de Junio
Cobro de 200 € (o la cantidad menor que corresponda) como resultado de disminuir las
retenciones soportadas. En el ejemplo:
Paga de junio…………………………………………4.000 € (2000*2)
Retenciones de junio……………………………..(-).680 € ( 4000* 0,17 )
Abono anticipado de los 400 €……………… 200 € (máximo posible)
A cobrar (faltarían gastos de seg.social)…..3.520 € ( sólo ha habido 480 € de retención efectiva)
A partir del mes de julio Efectúo una regularización , pero suponiendo que las circunstancias
permanecen invariables, por lo que el importe previo anual de la retención para el trabajadorno cambia
, es decir , sigue siendo de 4.760 € (aplicar el 17% al total de retribuciones previsibles
de 28.000 €)
Al importe previo anual de la retención, le tengo que descontar dos cantidades:
Las retenciones previas hasta el mes de junio inclusive, que le han sido efectivamente
practicadas. Es decir, 2.180 € (340 * 5 + 480)
La diferencia sería la cantidad que hay que retener hasta final de año , es decir:
4.760 - 2.180 - 400 = 2.180 € es lo que falta por retener.
Lo que falta por retener, se divide entre lo que se va a cobrar hasta fin de año para hallar el nuevo
tipo de retención. Novedad de la norma es que el nuevo tipo de retención no se redondea hasta la
unidad superior o inferior sino que se le aplican dos decimales.
De esta forma se consiguen recuperar la cantidad que falta hasta 400 € como bajada del tipo
de retención a partir del mes de julio.
En nuestro ejemplo:
2.180 € es la retención a practicar hasta fin de año
14.000 € (28.000/2) es lo que falta por cobrar hasta fin de año.
Tipo de retención a partir de julio (t)
t = 2.180 / 14.000 = 15,57 %
2.000* 15,57 % = 311,40 € mensuales salvo el mes de diciembre (dos pagas) que serían 622,80 €.
Meses de julio a diciembre
Retenciones practicadas con la nueva normativa:
311,40 * 5 + 622,80 = 2.179,80
Retenciones antigua normativa:
340 * 5 + 680 = 2.380 € Ahorro que le supone al trabajador: 2380 -2179,80 = 200,20 € El
trabajador ha percibido 200,20 + 200 = 400, 20 € distribuidas de la siguiente forma:
Meses Importe
Junio 200
Julio 28,60 (340-311,40)
Agosto 28,60 (340-311,40)
Septiembre 28,60 (340-311,40)
Octubre 28,60 (340-311,40)
Noviembre 28,60 (340-311,40)
Diciembre 57,20 (680-622,80)
Total 400,20€